Sí. El Decreto Ley 8/2011, publicado el 7 de julio de 2011, establece la obligatoriedad de realizar la Inspección Técnica de Edificios (ITE) a todos las edificaciones de más de 50 años de antigüedad de los municipios de más de 25.000 habitantes (salvo que las Comunidades Autónomas fijen un límite menor).
Además la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE 38/1999) dispone que los propietarios y usuarios tienen la obligación de conservar en buen estado la edificación mediante un uso adecuado y mantenimiento.
El Código Técnico de la Edificación (CTE, Real Decreto 314/2006), también recuerda la obligatoriedad de realizar un correcto mantenimiento del edificio por parte de propietarios y usuarios.